Hace unos días informábamos de la impunidad con que actúan los chárteres ilegales foráneos que se establecen en la bahía durante toda la temporada, haciendo la competencia desleal a las empresas con base en Ibiza, que cumplen con la normativa y ofrecen servicios de calidad a sus clientes. También publicábamos un vídeo en el que puede observarse cómo las golondrinas de pasajeros, que cargan y descargan clientes en el muelle de s’Estanyol, frente al hotel Mar Amantis, tienen que realizar peligrosas maniobras en zigzag, esquivando a todas estas embarcaciones, que bloquean el canal de acceso a la orilla.
Este fin de semana, además, hemos sido testigos de cómo las lanchas auxiliares de estos catamaranes se adueñan por la noche del muelle situado en la playa de es Pouet, que utilizan prácticamente en exclusiva, acumulando neumáticas en la propia orilla del chiringuito.
En esta otra imagen, asimismo, se puede observar el uso ilegal que realizan también de los otros muelles que hay en la bahía, que utilizan para cargar y descargar clientes, provisiones y personal de limpieza a pesar de que no tienen autorización para ello. Dichos muelles están destinados a las barcas de pasajeros que enlazan distintos puntos de la bahía y que sí pagan por su uso. En la foto puede verse una de estas lanchas y varios clientes esperando a ser recogidos.
Desde Salvem Sa Badia no entendemos por qué las administraciones competentes no actúan para poner coto a este desmadre y garantizar la seguridad en la bahía, hoy por hoy muy comprometida por la presencia masiva de estas barcas, que colapsan los accesos y los canales. Además, en su mayoría fondean sobre posidonia, con anclas, cadenas y muertos ilegales que siegan la pradera.
El Decreto 21/2017, de 5 de mayo, por el que se regula la actividad de alquiler de embarcaciones y buques de recreo en Baleares, permite con una simple “declaración responsable” inscribirse en el registro y recibir autorización para el ejercicio de la actividad de chárter náutico. Lo que se declara es que, además de poseer el certificado de navegabilidad en vigor, tener la embarcación registrada en lista 6ª, poseer el despacho de Capitanía Marítima, la titulación náutica, los seguros para la embarcación y los tripulantes y los certificados de seguridad y residuos, se dispone de un punto autorizado para embarcar y desembarcar a los clientes. Para ello, es necesario disponer de un amarre o una boya en un puerto o un fondeo y una zona de desembarque autorizado por la Demarcación de Costas, que es algo totalmente lógico y necesario para prestar dicha actividad.
El problema de la declaración responsable es que, si nadie revisa el cumplimiento de la norma, cualquiera puede ejercer esta actividad impunemente, simplemente presentado un formulario y pagando la tasa. En el Decreto, concretamente en el artículo 7.1, se dice: “El personal de la Dirección General de Puertos y Aeropuertos podrá en cualquier momento comprobar la veracidad de la declaración”.
Este verano aún no nos consta que se haya producido ninguna inspección a estas embarcaciones. Sí sabemos que en 2021 se hicieron dos a los chárteres y ambas se produjeron un miércoles, cuando estos barcos no están. Llegan los viernes por la tarde y permanecen allí hasta el sábado, para hacer el intercambio de clientes. Esta situación se viene repitiendo desde hace años, sin que ninguna administración reaccione con la contundencia suficiente como para ponerle remedio.